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Pruebas selectivas para el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General en Madrid

8 - 40 horas por semana

Descripción del empleo

¿Quién puede?



1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los/as aspirantes, además de reunir los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018 , de 27 de junio, deberán reunir los siguientes requisitos:
— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto , o de cualquier otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, conforme a lo dispuesto en la base 6.1.f) de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad , además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 , y acreditarlos en los términos señalados en las bases generales, con las siguientes particularidades:
En el caso de aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efecto de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
Los aspirantes que aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

* Se podrá consultar el Sistema de selección y Programa , en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.

Lista de espera >

Se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellos/as aspirantes que hayan obtenido como mínimo 6 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

¿Qué necesitas presentar? >

  • 1. Solicitud , ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
    2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

    Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
  • Información extra

    Status
    Inactiva
    Estudios requeridos
    Otros
    Localización
    Madrid
    Horas a la semana
    8 - 40
    Tipo de contrato
    Tiempo completo
    Tipo de trabajo
    Marketing / Publicidad
    Carnet de conducir
    No
    Vehículo
    No
    Carta de motivación
    No
    Idiomas
    Español

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